Subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo autónomo

Subvenciones para fomentar la creación de empleo por cuenta propia

  • Fecha de apertura09/03/2013
  • fecha de cierre
  • Tipo Creación de empresas
  • Expresar
    Abierto

Decreto 9/2013, de 28 de febrero, por el que se regulan las subvenciones para el fomento del trabajo por cuenta propia en la Comunidad Autónoma de Cantabria


– Boletín Oficial de Cantabria

– Información adicional

  • Solicitudes del día: El plazo de admisión está permanentemente abierto.
  • Solicitudes al día: Abierto permanentemente el plazo de admisión.

La solicitud deberá presentarse dentro de los 3 meses siguientes a la emisión del informe de viabilidad, contados desde la fecha de emisión de dicho informe, y la solicitud deberá presentarse previamente al alta en la Seguridad Social o sistema alternativo. El informe de viabilidad favorable deberá presentarse con la solicitud de ayuda.

IMPORTANTE: Informe de Viabilidad.

Para obtener el informe de viabilidad imprescindible para la tramitación de la ayuda, es necesario integrar al solicitante en Cantabria Emprendedora a través de cualquiera de los Puntos de Atención que componen su red. El informe debe presentarse con la solicitud de ayuda.

Consulta el listado de Puntos de Atención y contacta directamente con el punto elegido para concertar una cita.

Puedes consultar la red de Puntos de Atención al Cliente de Cantabria Emprendedora en su web: http://www.cantabriaemprendedora.es/

– Beneficiarios

Las personas dadas de alta como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo con anterioridad y hasta la fecha de presentación de la solicitud, con una antigüedad en la reclamación de treinta días naturales ininterrumpidos y que hayan estado en situación de desempleo ininterrumpido en los mismos para desarrollarse en una relación personal. de forma directa, profesional y directa en sociedades, establecidas y que desarrollen principalmente su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria, ya sean de carácter individual, comunidades de bienes, sociedades civiles o sociedades mercantiles de trabajo y cooperativas y cuyo proyecto sea técnica, económica y financieramente viable. Sólo tras este trámite podrán darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en un sistema alternativo.

– Documentación a adjuntar

Formulario de solicitud y declaraciones (Recuerde presentar el original y dos copias).

Reporte de factibilidad

Cuestionario sobre la recogida de información sobre indicadores comunes de productividad del solicitante/beneficiario de acuerdo con el Anexo I del Reglamento (UE) nº 1304/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

– Lugar de presentación

Las solicitudes de subvención se dirigirán a la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo, presentándose en las Oficinas de Empleo pertenecientes a esta Agencia (situadas en Santander, Maliaño, Torrelavega, Colindres, Castro Urdiales, San Vicente de la Barquera y Reinosa), y en el Registro del Servicio Cántabro de Empleo (Paseo General Dávila 87, Santander) o en las demás formas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

– Cuerpo de procesamiento

Servicio de Promoción del Empleo.

Teléfono de contacto: Teléfono de Información Administrativa, marcar 012.

El servicio de Información estará disponible las 24 horas del día, todos los días del año, de acuerdo con la siguiente distribución horaria:

  • Atención telefónica personalizada a través de agentes de información: De 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes festivos. De 9:00 a 14:00 los sábados festivos.
  • Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos. Se registrarán las llamadas entrantes en el buzón y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta al ciudadano para resolver su solicitud de información.
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