Subvenciones para fomentar la creación de empleo por cuenta propia
- Fecha de apertura09/03/2013
- fecha de cierre —
- Tipo Creación de empresas
- Expresar
Abierto
Decreto 9/2013, de 28 de febrero, por el que se regulan las subvenciones para el fomento del trabajo por cuenta propia en la Comunidad Autónoma de Cantabria
– Boletín Oficial de Cantabria
- Número: 47
- Fecha: 03/08/2013
Descargar Decreto 9/2013. Anuncio en el BOC
Modificaciones:
- Decreto 60/2014 de 16 de octubre de 2014. Descargar Anuncio en el BOC
- Decreto 85/2017 de 30 de noviembre de 2017. Descargar Anuncio en el BOC
Versión consolidada del Decreto 9/2013, modificado por el Decreto 60/2014 y el Decreto 85/2017
– Información adicional
- Solicitudes del día: El plazo de admisión está permanentemente abierto.
- Solicitudes al día: Abierto permanentemente el plazo de admisión.
La solicitud deberá presentarse dentro de los 3 meses siguientes a la emisión del informe de viabilidad, contados desde la fecha de emisión de dicho informe, y la solicitud deberá presentarse previamente al alta en la Seguridad Social o sistema alternativo. El informe de viabilidad favorable deberá presentarse con la solicitud de ayuda.
Para obtener el informe de viabilidad imprescindible para la tramitación de la ayuda, es necesario integrar al solicitante en Cantabria Emprendedora a través de cualquiera de los Puntos de Atención que componen su red. El informe debe presentarse con la solicitud de ayuda.
Consulta el listado de Puntos de Atención y contacta directamente con el punto elegido para concertar una cita.
Puedes consultar la red de Puntos de Atención al Cliente de Cantabria Emprendedora en su web: http://www.cantabriaemprendedora.es/
– Beneficiarios
Las personas dadas de alta como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo con anterioridad y hasta la fecha de presentación de la solicitud, con una antigüedad en la reclamación de treinta días naturales ininterrumpidos y que hayan estado en situación de desempleo ininterrumpido en los mismos para desarrollarse en una relación personal. de forma directa, profesional y directa en sociedades, establecidas y que desarrollen principalmente su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria, ya sean de carácter individual, comunidades de bienes, sociedades civiles o sociedades mercantiles de trabajo y cooperativas y cuyo proyecto sea técnica, económica y financieramente viable. Sólo tras este trámite podrán darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en un sistema alternativo.
– Documentación a adjuntar
Formulario de solicitud y declaraciones (Recuerde presentar el original y dos copias).
Reporte de factibilidad
Cuestionario sobre la recogida de información sobre indicadores comunes de productividad del solicitante/beneficiario de acuerdo con el Anexo I del Reglamento (UE) nº 1304/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
– Lugar de presentación
Las solicitudes de subvención se dirigirán a la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo, presentándose en las Oficinas de Empleo pertenecientes a esta Agencia (situadas en Santander, Maliaño, Torrelavega, Colindres, Castro Urdiales, San Vicente de la Barquera y Reinosa), y en el Registro del Servicio Cántabro de Empleo (Paseo General Dávila 87, Santander) o en las demás formas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
– Cuerpo de procesamiento
Servicio de Promoción del Empleo.
Teléfono de contacto: Teléfono de Información Administrativa, marcar 012.
El servicio de Información estará disponible las 24 horas del día, todos los días del año, de acuerdo con la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personalizada a través de agentes de información: De 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes festivos. De 9:00 a 14:00 los sábados festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos. Se registrarán las llamadas entrantes en el buzón y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta al ciudadano para resolver su solicitud de información.